6.2 Antes de facilitar la información, el Miembro al que se dirija la solicitud podrá exigir, con arreglo a su derecho interno y su sistema jurídico, una garantía de que determinada información no se utilizará como prueba en investigaciones penales, procedimientos judiciales o procedimientos no aduaneros sin la autorización expresa por escrito del Miembro al que se dirija la solicitud. WebAutorizase la importación de las mercaderías que más adelante se detallan a condición de cumplir con las normas generales establecidas en la Res. Honduras y Nicaragua Conocimiento de embarque aéreo o naviero. WebPara el resto de los productos de origen animal para consumo humano, se mantiene únicamente el requisito introducido en enero 2022 de notificar las importaciones a través de IPAFFS, 24 horas antes de la llegada de la mercancía. 6. g. 9. Consulta Tramites Trámites Personales. El Comité desempeñará las funciones que le sean asignadas en virtud del presente Acuerdo o por los Miembros. La DCSV evaluará si delega los diagnósticos fitosanitarios a los laboratorios aprobados, al término del plazo antes citado. WebPresentarán el original del Certificado Fitosanitario de origen en donde se debe consignar el tratamiento de fumigación fitosanitario, los requisitos consignados en el permiso fitosanitario de importación respectivo, asimismo deberá presentar la documentación sellada en el puesto de ingreso al país. 9.4 En caso de demora importante en el levante de las mercancías perecederas, y previa petición por escrito, el Miembro importador facilitará, en la medida en que sea factible, una comunicación sobre los motivos de la demora. The first International Standard for Phytosanitary Measures (ISPM) was adopted in 1993. 8. Cuando un Miembro proponga transferir una disposición de la categoría B a la categoría C, el Miembro proporcionará información sobre la asistencia y el apoyo requeridos para crear capacidad. Esto se entiende sin perjuicio de los reglamentos nacionales y los arreglos bilaterales o multilaterales existentes y futuros relativos a la reglamentación del transporte y compatibles con las normas de la OMC. En algunos países, existen lugares donde los bienes no generan un alto costo de propiedad, llamados zonas francas, donde los productos están sujetos a procedimientos tanto de llegada como de salida, especialmente para empresas que constantemente importan y exportan bienes. El Comité establecerá sus normas de procedimiento. 8. 7.4 Se alienta a los Miembros a elaborar sistemas de operadores autorizados sobre la base de normas internacionales, cuando existan tales normas, salvo en el caso de que estas sean un medio inapropiado o ineficaz para el logro de los objetivos legítimos perseguidos. de lectura. 4.2 Cada Miembro concebirá y aplicará la gestión de riesgo de manera que se eviten discriminaciones arbitrarias o injustificables o restricciones encubiertas al comercio internacional. Se alienta a cada Miembro a hacer que las disposiciones de este artículo sean aplicables a las decisiones administrativas emitidas por un organismo competente que interviene en la frontera distinto de las aduanas. 10. Cada Miembro publicará, como mínimo: a) los requisitos para la solicitud de una resolución anticipada, incluida la información que ha de presentarse y su formato; b) el plazo en que se emitirá la resolución anticipada; y. c) el período de validez de la resolución anticipada. ARTÍCULO 21: PRESTACIÓN DE ASISTENCIA Y APOYO PARA LA CREACIÓN DE CAPACIDAD. De acuerdo con el portal oficial del Gobierno de México, estos son los requisitos que deberás cumplir: Solicitud de datos del importador: Podrás obtenerla desde el portal oficial. 5.1 A reserva de lo dispuesto en el párrafo 5.2, el Miembro solicitante: a) conservará de forma estrictamente confidencial toda la información o documentación facilitada por el Miembro al que se dirija la solicitud y le otorgará al menos el mismo nivel de protección y confidencialidad que esté previsto en el derecho interno y el sistema jurídico del Miembro al que se dirija la solicitud, descrito por él conforme a lo establecido en el apartado b) o c) del párrafo 6.1; b) proporcionará la información o documentación solamente a las autoridades de aduana encargadas del asunto de que se trate y utilizará la información o documentación solamente para el fin indicado en la solicitud, a menos que el Miembro al que se dirija la solicitud acepte otra cosa por escrito; c) no revelará la información ni la documentación sin la autorización expresa por escrito del Miembro al que se dirija la solicitud; d) no utilizará ninguna información o documentación no verificada proporcionada por el Miembro al que se dirija la solicitud como factor decisorio para aclarar dudas en ningún caso concreto; e) respetará las condiciones establecidas para un caso específico por el Miembro al que se dirija la solicitud en lo que respecta a la conservación y destrucción de la información o la documentación confidencial y los datos personales; y. f) previa petición, informará al Miembro al que se dirija la solicitud de las decisiones y medidas adoptadas con respecto al asunto como consecuencia de la información o la documentación facilitadas. BÚSQUEDA. Por la que se establecen los requisitos fitosanitarios y especificaciones para la importación de granos y semillas, excepto para siembra. WebA través del mismo el usuario puede hacer la consulta de los requisitos fito y zoosanitarios exigidos para la importación y exportación de productos agropecuarios, realizar y pagar en línea sus solicitudes de inspección para obtener los documentos y efectuar el seguimiento de los mismos e imprimirlos directamente desde el sistema. 01 marzo 2006 seÑor director de la subdirecciÓn de cuarentena vegetal: parte i. informaciÓn del solicitante ... ia-13.1) requisitos para el registro de un pqua segÚn el anexo 2 de la decisiÓn 436. a) del ingrediente activo grado tÉcnico. También es posible que deba presentar certificados sanitarios, fitosanitarios y veterinarios, así como una póliza de seguro que cubrirá la mercancía contra todos los riesgos. e) Dentro de los 18 meses siguientes a la fecha de la presentación de la información estipulada en el apartado d), los Miembros donantes y los respectivos países en desarrollo Miembros informarán al Comité de los progresos realizados en la prestación de asistencia y apoyo para la creación de capacidad. 1. El traslado de las mercancías a esas instalaciones de almacenamiento, incluidas las autorizaciones para que el operador pueda trasladar las mercancías, podrá estar sujeto, cuando así se exija, a la aprobación de las autoridades competentes. 3.5 Cada Miembro se asegurará de que, cuando se imponga una sanción por una infracción de las leyes, reglamentos o formalidades de aduana, se facilite a la persona o personas a las que se haya impuesto la sanción una explicación por escrito en la que se especifique la naturaleza de la infracción y la ley, reglamento o procedimiento aplicable en virtud del cual se haya prescrito el importe o el alcance de la sanción por la infracción. 6. 10. 1.1 Con miras a reducir al mínimo los efectos y la complejidad de las formalidades de importación, exportación y tránsito y a reducir y simplificar los requisitos de documentación para la importación, la exportación y el tránsito y teniendo en cuenta los objetivos legítimos de política y otros factores como el cambio de las circunstancias, las nuevas informaciones pertinentes, las prácticas comerciales, la disponibilidad de técnicas y tecnologías, las mejores prácticas internacionales y las contribuciones de las partes interesadas, cada Miembro examinará tales formalidades y requisitos de documentación y, sobre la base de los resultados del examen, se asegurará, según proceda, de que esas formalidades y requisitos de documentación: a) se adopten y/o apliquen con miras al rápido levante y despacho de las mercancías, en particular de las mercancías perecederas; b) se adopten y/o apliquen de manera que se trate de reducir el tiempo y el costo que supone el cumplimiento para los comerciantes y operadores; c) sean la medida menos restrictiva del comercio elegida, cuando se disponga razonablemente de dos o más medidas alternativas para cumplir el objetivo o los objetivos de política en cuestión; y. d) no se mantengan, total o parcialmente, si ya no son necesarios. Requisitos, Cómo Tramitar el Certificado Médico Prenupcial, Requisitos para constituir una Sociedad Anónima, Dequisitos para sacar cedula Colombiana siendo Venezolano, Carreras técnicas mejor pagadas en estados unido, Universidad distrital carreras y puntajes, Como Solicitar Certificado De Ultimas Voluntades, Como Pedir Cita Previa en El Inss Por Internet, Como Pedir Certificado Digital Seguridad Social, Como Tributa La Venta De Una Plaza De Garaje 2018, Como Ver Mi Numero De La Seguridad Social, Como Saber Si Mi Grado Medio Es Loe O Logse, Como Solicitar La Tarifa Plana De Autonomos, Como Solicitar Ayuda Después Del Paro Por Internet, Es fundamental que poseas firma electrónica avanzada, De igual manera, es indispensable que cuentes con los servicios de un agente aduanero, o con la asesoría de una empresa que se dedique a este ramo, Debes estar inscrito en el padrón de importadores, Realizar el encargo conferido al agente aduanal, Es necesario que cumplas y canceles las contribuciones y aprovechamiento aplicable, de igual manera que lo debes hacer con los gastos de transporte, carga, descarga y almacenaje de la mercancía, Por último pero no menos importante, es fundamental que lleves a cabo las regulaciones y restricciones no arancelarias que estén sujetas a la mercancía. c) Por solicitante se entiende el exportador, importador o cualquier persona que tenga motivos justificados, o su representante. NOM-035-FITO-1995: Por la que se establecen los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la aprobación de personas físicas como unidades de verificación, publicada el 16 de enero de 1997 El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen. Se entenderá que, en el marco de este artículo, una decisión administrativa abarca las medidas administrativas en el sentido del artículo X del GATT de 1994 o la no adopción de medidas o decisiones administrativas de conformidad con lo dispuesto en el derecho interno y el sistema jurídico de un Miembro. Debes saber que realizar los trámites aduanales es una actividad que requiere tiempo y dedicación, más aún cuando se desconocen los documentos requeridos, o si es la primera vez que importas; por este motivo, nuestra recomendación final es que busques la asesoría de una empresa que te brinde el servicios para el almacenamiento, transporte, logística y distribución de productos en general y materias primas. Categoría C para los países menos adelantados Miembros. 11. Cada Miembro se asegurará de que se comuniquen a la persona a que se hace referencia en el párrafo 1 los motivos en que se base la decisión administrativa, a fin de permitir a esa persona recurrir a procedimientos de recurso o revisión cuando sea necesario. El envío deberá venir en envases nuevos y de primer uso, etiquetado o rotulado con el nombre del producto, número de lote y país de origen. WebRequisitos generales del etiquetado de alimentos: • Denominación del producto • Declaración del contenido neto • Las declaraciones de peso se expresarán en términos de libra y onza. 4.3 Los Miembros notificarán al Comité los detalles del funcionamiento de la ventanilla única. Cada Miembro se esforzará por nombrar un coordinador nacional del tránsito al que podrán dirigirse todas las peticiones de información y las propuestas de otros Miembros relacionadas con el buen funcionamiento de las operaciones de tránsito. 4.1 El Miembro solicitante presentará una solicitud por escrito, en papel o por medios electrónicos, y en un idioma oficial de la OMC mutuamente acordado u otro idioma mutuamente acordado al Miembro al que se dirija dicha solicitud, incluyendo: a) el asunto de que se trata incluido, cuando proceda y esté disponible, el número que identifique la declaración de exportación correspondiente a la declaración de importación en cuestión; b) los fines para los que el Miembro solicitante recaba la información o la documentación, junto con los nombres y los datos de contacto de las personas a las que se refiere la solicitud, si se conocen; c) en caso de que el Miembro al que se dirige la solicitud lo requiera, confirmación(15) de que se ha realizado la verificación, cuando proceda; d) la información o la documentación específica solicitada; e) la identidad de la oficina de donde procede la solicitud; f) referencias a las disposiciones del derecho interno y del sistema jurídico del Miembro solicitante que regulan la recopilación, protección, utilización, divulgación, conservación y destrucción de la información confidencial y los datos personales. 9.1 Con el fin de prevenir pérdidas o deterioros evitables de mercancías perecederas, y siempre que se hayan cumplido todas las prescripciones reglamentarias, cada Miembro preverá que el levante de las mercancías perecederas: a) se realice en el plazo más breve posible en circunstancias normales; y. b) se realice fuera del horario de trabajo de la aduana y de otras autoridades competentes en circunstancias excepcionales en que proceda hacerlo así. 1.3 Quedan excluidas de los párrafos 1.1 y 1.2 las modificaciones de los tipos de los derechos o de los tipos de los aranceles, las medidas que tengan efectos de alivio, las medidas cuya eficacia resultaría menoscabada como resultado del cumplimiento del párrafo 1.1 o 1.2, las medidas que se apliquen en circunstancias urgentes o las modificaciones menores del derecho interno y del sistema jurídico. 01 enero 2009, Acuerdos  |  Temas | Política Comercial | Países | Comercio y PYMEs 3. WebARTICULO 7°- Cuando la comercialización de los productos a registrar requiera la autorización del Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal y del Servicio Nacional de Sanidad Animal o los nuevos organismos a crearse dependientes de la Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, dicho organismo … 3. 5.2 Cada Miembro seleccionará a una persona o un envío a efectos de la auditoría posterior al despacho de aduana basándose en el riesgo, lo que podrá incluir criterios de selectividad adecuados. El Miembro al que se dirija la solicitud no estará obligado a: a) modificar el formato de sus declaraciones o procedimientos de importación o exportación; b) pedir documentos que no sean los presentados con la declaración de importación o exportación conforme al apartado c) del párrafo 6.1; c) iniciar investigaciones para obtener la información; d) modificar el período de conservación de tal información; e) instituir la documentación en papel cuando ya se haya instituido el formato electrónico; g) verificar la exactitud de la información; o. h) proporcionar información que pueda perjudicar los intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas concretas. (11), 3 Utilización de las normas internacionales. Clave de combinación: Nombre científico: Mercancía: Tipo de producto: Función/uso: País de origen: País de procedencia: Requisitos a cumplir por el importador # 12.1 Nada de lo dispuesto en el presente artículo impedirá que un Miembro concluya o mantenga un acuerdo bilateral, plurilateral o regional para compartir o intercambiar información y datos aduaneros, con inclusión de información y datos proporcionados sobre una base rápida y segura, por ejemplo de forma automática o antes de la llegada del envío. 6. 1. 1.2 Ninguna de estas disposiciones se interpretará de modo que exija la publicación o suministro de información en un idioma distinto al del Miembro, salvo lo dispuesto en el párrafo 2.2. 1. Empresas micros; PYMEs; Personas físicas 2.1 Cada Miembro facilitará, y actualizará en la medida de lo posible y según proceda, por medio de Internet lo siguiente: a) una descripción(1) de sus procedimientos de importación, exportación y tránsito, incluidos los procedimientos de recurso o revisión, en la que se informe a los gobiernos, los comerciantes y otras partes interesadas de las medidas prácticas necesarias para la importación, la exportación y el tránsito; b) los formularios y documentos exigidos para la importación en el territorio de ese Miembro, para la exportación desde él y para el tránsito por él; c) los datos de contacto de su servicio o servicios de información. Con respecto a las disposiciones que un país en desarrollo Miembro no haya designado para su inclusión en la categoría A, el Miembro podrá retrasar su aplicación de conformidad con el procedimiento establecido en el presente artículo. El SENASA mediante la Resolución Directoral N° 0027-2018-MINAGRI-SENASA-DSV aprobó los nuevos requisitos fitosanitarios para la importación de plantas in vitro de banano y/o plátano ( Musa spp.) Además, nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo se interpretará en el sentido de que reduce los derechos y las obligaciones que corresponden a los Miembros en virtud del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio y el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias. WebEl sistema de solicitud de requisitos fitosanitarios es una aplicación electrónica donde los interesados pueden consultar ante la Dirección General de Sanidad Vegetal (DGSV) del SENASICA los requisitos fitosanitarios aplicables para la importación de vegetales, sus productos y subproductos no contenidos en el “Módulo de Consulta de Requisitos … Comprobante de pago del trámite. Tales criterios para la presentación de solicitudes, de haberlos, se añadirán a los requisitos establecidos por el Miembro para operar con respecto a todas las mercancías o envíos que hayan entrado a través de instalaciones de carga aérea. 3.5 La garantía prevista en los párrafos 3.2 y 3.4 se liberará cuando ya no sea necesaria. 9.1 El Miembro solicitante tendrá en cuenta las repercusiones en materia de recursos y costos que suponga para el Miembro al que se dirija la solicitud la respuesta a las solicitudes de información. 9.3 Cada Miembro adoptará disposiciones para almacenar de forma adecuada las mercancías perecederas en espera de su levante o permitirá que un importador las adopte. Si el Miembro solicitante estima que no podría satisfacer una solicitud similar si esta fuera hecha por el Miembro al que la dirige, o si aún no ha puesto en aplicación el presente artículo, dejará constancia de este hecho en su solicitud. En su caso, el Comité podrá identificar normas específicas que tengan un valor particular para los Miembros. Los Miembros de una unión aduanera o de un arreglo económico regional podrán adoptar enfoques regionales para facilitar la aplicación de las obligaciones que les corresponden en virtud del presente Acuerdo, incluso mediante el establecimiento de órganos regionales y el uso de estos. En su caso, los Miembros limitarán la cuantía de sus derechos y cargas al costo aproximado de los servicios prestados. A falta de un enfoque mutuamente acordado, la ejecución de esas solicitudes quedará a discreción del Miembro al que se dirijan sobre la base de su propio orden de prioridad. El Comité invitará a las organizaciones internacionales y regionales pertinentes (tales como el Banco Mundial, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, el Fondo Monetario Internacional, las comisiones regionales de las Naciones Unidas, la OCDE, la OMA o sus órganos subsidiarios y los bancos regionales de desarrollo) y a otros órganos de cooperación a que proporcionen la información a que se hace referencia en los párrafos 1, 2 y 4. De esta forma, tenemos la oportunidad de ingresar a los mercados internacionales y, así, desarrollar negocios, independientemente del rumbo de actividad, pero debemos tener en cuenta los trámites aduanales. 6 Establecimiento y publicación de los plazos medios de levante, 6.1 Se alienta a los Miembros a calcular y publicar el plazo medio necesario para el levante de las mercancías periódicamente y de manera uniforme, utilizando herramientas tales como, entre otras, el Estudio de la Organización Mundial de Aduanas (denominada en el presente Acuerdo la "OMA") sobre el tiempo necesario para el levante.(6). 2. ARTÍCULO 4: PROCEDIMIENTOS DE RECURSO O DE REVISIÓN. Ficha técnica con cambio de destino y permiso de circulación. Categoría B para los países en desarrollo Miembros, a) En el momento de la entrada en vigor del presente Acuerdo, cada país en desarrollo Miembro notificará al Comité las disposiciones que haya designado para su inclusión en la categoría B y sus correspondientes fechas indicativas para la aplicación.(17). 1. Los Miembros podrán facilitar la información a que se hace referencia en los párrafos 2 y 3 a través de referencias en Internet y actualizarán la información según sea necesario. En la medida en que sea posible y factible, cada Miembro cooperará, en condiciones mutuamente convenidas, con otros Miembros con los que tenga una frontera común con miras a coordinar sus procedimientos en los puestos fronterizos para facilitar el comercio transfronterizo. WebDefinen los procedimientos a seguir para el establecimiento de requisitos fitosanitarios para la importación de plantas, productos vegetales y artículos reglamentados originarios de países que no cuenten con requisitos fitosanitarios de importación para … 11 Utilización o divulgación no autorizadas. 7.5 Con el fin de potenciar las medidas de facilitación del comercio establecidas para los operadores, los Miembros darán a los demás Miembros la posibilidad de negociar el reconocimiento mutuo de los sistemas de operadores autorizados. Webpara la aplicación de los requisitos fitosanitarios para la importación de plantas, productos vegetales y otros productos capaces de transportar plagas, Decreto N° 29473-MEIC-MAG, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 93, el día 16 de mayo del 2001. 3.2 Como condición para ese levante, un Miembro podrá exigir: a) el pago de los derechos de aduana, impuestos, tasas y cargas determinados antes de o a la llegada de las mercancías y una garantía para la cuantía que todavía no se haya determinado en forma de fianza, depósito u otro medio apropiado previsto en sus leyes y reglamentos; o. b) una garantía en forma de fianza, depósito u otro medio apropiado previsto en sus leyes y reglamentos. Home | Novedades | Mapa del Sitio | Recursos | Búsqueda | Exención de responsabilidad, Creación de Capacidades Relacionadas con el Comercio, Ministerio de Comercio Exterior de Costa Rica (COMEX), Acceso de Mercancías al Mercado, Creación de Capacidades Relacionadas con el Comercio, Cartas Adjuntas y, Tratado de Libre Comercio Centroamérica - Estados Unidos - República Dominicana, Establecimiento de la Zona de Libre Comercio, Mercancías Reimportadas después de Reparación o Alteración, Importación Libre de Aranceles para Muestras Comerciales de Valor Insignificante y Materiales de Publicidad Impresos, Restricciones a la Importación y a la Exportación, Administración e Implementación de Contingentes Arancelarios, Tratamiento Libre de Aranceles para Ciertas Mercancías, Eliminación de las Restricciones Cuantitativas Existentes, Arancel de Nación Más Favorecida para Ciertas Mercancías, Tratamiento Arancelario Preferencial para Prendas de Vestir de Lana Ensambladas en Costa Rica, Tratamiento Arancelario Preferencial para Prendas de Vestir No Originarias de Nicaragua, Ajustes Adicionales al Valor de los Materiales, Envases y Material de Empaque Para la Venta al por Menor, Contenedores y Materiales de Embalaje para Embarque, Materiales Indirectos Empleados en la Producción, Obligaciones Respecto a las Importaciones, Obligaciones Respecto a las Exportaciones, Comité de Asuntos Sanitarios y Fitosanitarios, Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio, Administración de los Procedimientos relativos a Medidas de Salvaguardia, Publicación de Medidas para la Contratación, Publicación del Aviso de Contratación Futura, Plazos para el Proceso de Presentación de Ofertas, Requisitos y Condiciones para la Participación en las Contrataciones, Información sobre la Adjudicación de Contratos, Garantía de Integridad en las Prácticas de Contratación, Revisión Nacional de Impugnaciones de Proveedores, Modificaciones y Rectificaciones a la Cobertura, Formalidades Especiales y Requisitos de Información, Solución de Controversias Inversionista-Estado, Sometimiento de una Reclamación a Arbitraje, Consentimiento de cada una de las Partes al Arbitraje, Condiciones y Limitaciones al Consentimiento de las Partes, Transparencia de las Actuaciones Arbitrales, Transparencia en el Desarrollo y Aplicación de las Regulaciones, Acceso al Mercado para las Instituciones Financieras, Tratamiento de Cierto Tipo de Información, Disponibilidad Expedita de Servicios de Seguros, Controversias sobre Inversión en Servicios Financieros, Acceso a y Uso de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, Obligaciones Relativas a los Proveedores de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, Obligaciones Adicionales Relativas a los Proveedores Importantes de  Servicios Públicos de Telecomunicaciones, Condiciones para el Suministro de Servicios de Información, Organismos Regulatorios Independientes y Proveedores de  Telecomunicaciones Propiedad del Gobierno, Solución de Controversias Internas sobre Telecomunicaciones, Flexibilidad en la Elección de Tecnologías, Obligaciones Pertinentes a los Derechos de Autor y Derechos Conexos, Obligaciones Pertinentes Específicamente a los Derechos de Autor, Obligaciones Pertinentes Específicamente a los Derechos Conexos, Protección de las Señales de Satélite Codificadas Portadoras de Programas, Medidas Relacionadas con Ciertos Productos Regulados, Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, Garantías Procesales e Información Pública, Mecanismo de Cooperación Laboral y Desarrollo de Capacidades, Mecanismos Voluntarios para Mejorar el Desempeño Ambiental, Oportunidades para la Participación Pública, Comunicaciones Relativas a la Aplicación de la Legislación Ambiental, Expediente de Hechos y Cooperación Relacionada, Coordinadores del Tratado de Libre Comercio, Administración de los Procedimientos de Solución de Controversias, Comité para la Creación de Capacidades Relacionadas con el Comercio, Comisión – Buenos Oficios, Conciliación, y Mediación, Incumplimiento – Suspensión de Beneficios, Procedimientos Internos Y Solución De Controversias Comerciales Privadas, Procedimientos ante Instancias Judiciales y Administrativas Internas, Medios Alternativos para la Solución de Controversias Comerciales, Medidas de Balanza de Pagos al Comercio de Mercancías, Anexos, Apéndices y Notas al Pie de Página, Medidas Disconformes de Servicios e Inversión, Medidas Disconformes de Servicios Financieros. 2. Las mercancías cuyo perfeccionamiento pasivo se haya autorizado podrán reimportarse con exoneración total o parcial de los derechos e impuestos de importación de conformidad con las leyes y reglamentos del Miembro. 1.6 El Comité examinará el funcionamiento y la aplicación del presente Acuerdo a los cuatro años de su entrada en vigor, y periódicamente a partir de entonces. Se alienta a los Miembros a poner a disposición, cuando sea factible, infraestructuras físicamente separadas (como carriles, muelles de atraque y similares) para el tráfico en tránsito. Normas de etiquetado. La información se presentará siguiendo el modelo que figura en el Anexo 1. WebPara garantizar la sanidad vegetal y la inocuidad de este alimento, su comercialización está sujeta al cumplimiento de crecientes requisitos técnicos. 2.2 Siempre que sea factible, la descripción a que se hace referencia en el apartado a) del párrafo 2.1 también se facilitará en uno de los idiomas oficiales de la OMC. La Aduana se encarga de aceptar todo tipo de mercancías del exterior, así como de expedir las mercancías exportadas, cuenta con una serie de procesos y trámites para la recepción o recogida de tu mercancía, los cuales deben ser realizados por autoridades aduaneras, consignatarios, propietarios, tenedores y agentes aduaneros. Búsqueda por combinación. 6. (8) Si un Miembro utiliza criterios(9) que establezcan limitaciones sobre qué personas pueden presentar solicitudes, el Miembro podrá, con sujeción a criterios publicados, exigir, como condiciones para la aplicación del trato descrito en el párrafo 8.2 a los envíos urgentes del solicitante, que este: a) cuente con una infraestructura adecuada y asegure el pago de los gastos aduaneros relacionados con la tramitación de los envíos urgentes, en los casos en que el solicitante cumpla las prescripciones del Miembro para que esa tramitación se lleve a cabo en una instalación especializada; b) presente antes de la llegada de un envío urgente la información necesaria para el levante; c) pague tasas cuyo importe se limite al costo aproximado de los servicios prestados en el marco del trato descrito en el párrafo 8.2; d) ejerza un alto grado de control sobre los envíos urgentes mediante la seguridad interna, la logística y la tecnología de seguimiento, desde que los recoge hasta que los entrega; e) proporcione el servicio de envíos urgentes desde la recepción hasta la entrega; f) asuma la responsabilidad del pago de todos los derechos de aduana, impuestos, tasas y cargas por las mercancías ante la autoridad aduanera; g) tenga un buen historial de cumplimiento de las leyes y reglamentos de aduana y otras leyes y reglamentos conexos; h) satisfaga otras condiciones directamente relacionadas con el cumplimiento efectivo de las leyes, reglamentos y formalidades del Miembro, que atañan específicamente a la aplicación del trato descrito en el párrafo 8.2. 1.2 El Comité elaborará procedimientos para el intercambio por los Miembros de información pertinente y de las mejores prácticas, según proceda. Los Miembros donantes que presten asistencia a los países en desarrollo Miembros y a los países menos adelantados Miembros presentarán al Comité lo siguiente: a) los puntos de contacto de sus organismos encargados de prestar asistencia y apoyo para la creación de capacidad relacionada con la aplicación de la Sección I del presente Acuerdo, con inclusión, cuando sea factible, de información sobre esos puntos de contacto en el país o la región donde haya de prestarse la asistencia y el apoyo; y. b) información sobre el proceso y los mecanismos para solicitar asistencia y apoyo para la creación de capacidad. 9.2 Perfeccionamiento activo y pasivo. Se alienta a los Miembros a cooperar en materia de orientación técnica y de asistencia y apoyo para la creación de capacidad a los efectos de administrar las medidas en materia de cumplimiento y mejorar su eficacia. 2.3 Se alienta a los Miembros a poner a disposición por medio de Internet información adicional relacionada con el comercio, con inclusión de la legislación pertinente relacionada con el comercio y demás elementos a que se refiere el párrafo 1.1. Guatemala Certificado de origen. 13. WebEl Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento para la importación de plantas de orquídeas de origen y procedencia de Ecuador. Los países en desarrollo Miembros lo notificarán al Comité a más tardar 120 días antes de que expire la fecha para la aplicación. 1.3 El Comité podrá establecer los órganos auxiliares que sean necesarios. Un total de mil 220 kilos de productos agropecuarios de alto riesgo fito y zoosanitario fueron detectados e interceptados por personal de Carabineros en un camión que intentaba burlar el control de la avanzada de Quillagua. Cada Miembro llevará a cabo las auditorías posteriores al despacho de aduana de manera transparente. Cada Miembro podrá determinar el alcance y los métodos de los cálculos del plazo medio necesario para el levante según sus necesidades y capacidades. Los países en desarrollo Miembros y los países menos adelantados Miembros que, por falta de apoyo de donantes o por falta de progresos en la prestación de asistencia y apoyo para la creación de capacidad, tengan dificultades para comunicar las fechas definitivas para la aplicación dentro de los plazos establecidos en los párrafos 1 y 2 deberán notificarlo al Comité lo antes posible antes de que expiren esos plazos. Si necesitas más información sobre ello, puedes hacer clic en el link. WebPaís de Procedencia: País de Destino: Pais de Origen ... CONSULTA DE REQUISITOS 4.1 Los Miembros procurarán mantener o establecer una ventanilla única que permita a los comerciantes presentar a las autoridades u organismos participantes la documentación y/o información exigidas para la importación, la exportación o el tránsito de mercancías a través de un punto de entrada único. 1.1 Cada Miembro ofrecerá, en la medida en que sea factible y de manera compatible con su derecho interno y su sistema jurídico, oportunidades y un plazo adecuado para que los comerciantes y otras partes interesadas formulen observaciones sobre las propuestas de introducción o modificación de leyes y reglamentos de aplicación general relativos al movimiento, el levante y el despacho de las mercancías, incluidas las mercancías en tránsito. Los Miembros no están obligados a establecer en el marco de esta disposición estipulaciones adicionales a las establecidas de conformidad con el Acuerdo sobre Normas de Origen en relación con el dictamen del origen, siempre que se cumplan las prescripciones de este artículo. Una resolución anticipada emitida por un Miembro será vinculante para ese Miembro con respecto al solicitante que la haya pedido. La legislación de un Miembro podrá requerir que el recurso o revisión administrativo se inicie antes del recurso o revisión judicial. Cuando sea factible y compatible con la legislación interna, y a petición del importador, el Miembro preverá los procedimientos necesarios para que el levante tenga lugar en esas instalaciones de almacenamiento. Además, nada de lo dispuesto en los párrafos 8.1 y 8.2 impedirá a un Miembro exigir, como condición para el levante, la presentación de información adicional y el cumplimiento de prescripciones en materia de licencias no automáticas. Un Miembro podrá negarse a emitir una resolución anticipada para el solicitante si la cuestión que se plantea en la solicitud: a) ya está pendiente de decisión en un organismo gubernamental, tribunal de apelación u otro tribunal al que el solicitante haya presentado el caso; o. b) ya ha sido objeto de decisión en un tribunal de apelación u otro tribunal. Si el Comité no puede llegar a un acuerdo sobre la composición del Grupo de Expertos en un plazo de 20 días a partir de la fecha de su establecimiento, el Director General, en consulta con el Presidente del Comité, determinará la composición del Grupo de Expertos de conformidad con los términos del presente párrafo. Este tipo de comercio es impulsado por la demanda de los consumidores por diversos bienes, y abre una serie de oportunidades de negocios para quienes buscan la comercialización de sus productos o la importación de otros bienes; sin embargo, existen también dos razones por las que nació la intención de comercializar bienes, la escasez de producción de un determinado producto en el mercado interno, y el bajo costo económico de las importaciones, teniendo en cuenta los costos de producción en el país. Cada Miembro preverá, previa petición por escrito del solicitante, una revisión de la resolución anticipada o de la decisión de revocar, modificar o invalidar la resolución anticipada.(2). 3.4 En los casos en que se haya detectado una infracción que requiera la imposición de sanciones pecuniarias o multas, podrá exigirse una garantía por las sanciones y las multas que puedan imponerse. 5. Nada de lo dispuesto en el presente párrafo impedirá a un Miembro reconocer el silencio administrativo respecto del recurso o la revisión como una decisión en favor del solicitante de conformidad con sus leyes y reglamentos. ARTÍCULO 5: OTRAS MEDIDAS PARA AUMENTAR LA IMPARCIALIDAD, LA NO DISCRIMINACIÓN Y LA TRANSPARENCIA, 1 Notificaciones de controles o inspecciones reforzados. 3 Disciplinas en materia de sanciones. República Dominicana Inscripción máquinas subvencionadas suspendidas arrastradas sin matriculación: Certificado de características técnicas del vehículo Los compromisos de las categorías B y C de los países en desarrollo Miembros y los países menos adelantados Miembros de los que haya tomado nota el Comité y que se anexen al presente Acuerdo de conformidad con el párrafo 5 del artículo 16 formarán parte integrante del presente Acuerdo. 2 Comité Nacional de Facilitación del Comercio. Cuando el plazo adicional para la aplicación solicitado por un país en desarrollo Miembro no supere los 18 meses o el plazo adicional solicitado por un país menos adelantado Miembro no supere los tres años, el Miembro solicitante tendrá derecho a ese plazo adicional sin que el Comité adopte más medidas. Cada Miembro notificará al Comité de Facilitación del Comercio establecido en virtud del párrafo 1.1 del artículo 23 (denominado en el presente Acuerdo el "Comité") lo siguiente: a) el lugar o lugares oficiales donde se haya publicado la información a que hacen referencia los apartados a) a j) del párrafo 1.1; b) la dirección de Internet (URL) del sitio o sitios web a que se refiere el párrafo 2.1; y. c) los datos de contacto de los servicios de información mencionados en el párrafo 3.1. Incoterms. Costa Rica WebEl sacha inchi en grano, es un producto de la Categoría de Riesgo Fitosanitario CRF (3) - Para la exportación se debe de tener el certificado Fitosanitario emitido por parte de SENASA ... • Consulta de Requisitos Sanitarios para la Importación, Exportación y Tránsito Internacional de productos de origen animal y vegetal. Alternativamente, un Miembro podrá ofrecer tales medidas de facilitación del comercio a través de procedimientos aduaneros de disponibilidad general para todos los operadores, y no estará obligado a establecer un sistema distinto. Para aquellos productos que no tienen establecidos sus requisitos fitosanitarios de ingreso, debe presentar una solicitud de importación de mercaderías de origen vegetal. Durante un período de dos años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo, las disposiciones de los artículos XXII y XXIII del GATT de 1994, desarrolladas y aplicadas por el Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias, no se aplicarán a la solución de diferencias contra un país en desarrollo Miembro en relación con ninguna de las disposiciones que ese Miembro haya designado para su inclusión en la categoría A. Cada Miembro adoptará o mantendrá, en la medida en que sea factible, procedimientos que permitan la opción de pago electrónico de los derechos, impuestos, tasas y cargas recaudados por las aduanas que se devenguen en el momento de la importación y la exportación. 8.2 A reserva de lo dispuesto en los párrafos 8.1 y 8.3, los Miembros: a) reducirán al mínimo la documentación exigida para el levante de los envíos urgentes de conformidad con el párrafo 1 del artículo 10 y, en la medida de lo posible, permitirán el levante sobre la base de una presentación única de información sobre determinados envíos; b) permitirán el levante de los envíos urgentes, en circunstancias normales, lo más rápidamente posible después de su llegada, siempre que se haya presentado la información exigida para el levante; c) se esforzarán por aplicar el trato previsto en los apartados a) y b) a los envíos de cualquier peso o valor reconociendo que a un Miembro le está permitido exigir procedimientos adicionales para la entrada, con inclusión de declaraciones y documentación justificante y del pago de derechos e impuestos, y limitar dicho trato basándose en el tipo de mercancía, siempre que el trato no se aplique únicamente a mercancías de valor bajo, tales como los documentos; y. d) preverán, en la medida de lo posible, un valor de envío o una cuantía imponible de minimis respecto de los cuales no se recaudarán derechos de aduana ni impuestos, salvo en el caso de determinadas mercancías prescritas. WebEl Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento para la importación de plantas de orquídeas de origen y procedencia de Ecuador. WebComunitaria - Reglamento (CE) nº 1107/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios.- Directiva 2009/128/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas. 6.1 Sin perjuicio de las importantes preocupaciones de política de algunos Miembros que mantienen actualmente una función especial para los agentes de aduanas, a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo los Miembros no introducirán el recurso obligatorio a agentes de aduanas. 4. 4°. Cuando un país en desarrollo o menos adelantado Miembro continúe careciendo de la capacidad necesaria, no se exigirá la aplicación de la disposición o las disposiciones de que se trate hasta que se haya adquirido la capacidad de aplicación. En el caso de que se requiera un plazo adicional para aplicar una disposición transferida de la categoría B a la categoría C, el Miembro: a) podrá recurrir a las disposiciones del artículo 17, incluida la posibilidad de obtener una prórroga automática; o, b) podrá solicitar que el Comité examine la solicitud del Miembro de que se le conceda más tiempo para aplicar la disposición y, de ser necesario, asistencia y apoyo para la creación de capacidad, con inclusión de la posibilidad de un examen y de una recomendación por el Grupo de Expertos en virtud de lo dispuesto en el artículo 18; o. c) deberá solicitar, en el caso de un país menos adelantado Miembro, la aprobación del Comité de toda nueva fecha para la aplicación que sea posterior en más de cuatro años a la fecha inicial notificada para la categoría B. Además, el país menos adelantado Miembro seguirá teniendo recurso al artículo 17. Todo país menos adelantado Miembro podrá notificar al Comité las disposiciones que haya designado para su inclusión en la categoría A hasta un año después de la entrada en vigor del presente Acuerdo. a) A más tardar un año después de la entrada en vigor del presente Acuerdo, todo país menos adelantado Miembro notificará al Comité sus disposiciones de la categoría B y podrá notificar sus correspondientes fechas indicativas para la aplicación de esas disposiciones, teniendo en cuenta la máxima flexibilidad prevista para los países menos adelantados Miembros. Dicha solicitud se enmarca en el Programa de Control Microbiológico Oficial. País de origen : Perú. se debe cumplir con los siguientes requisitos básicos: - Registro de instalaciones alimenticias – … (lb, oz) • El uso del sistema métrico internacional está permitido de forma complementaria. WebRequisitos para obtener el Certificado Fitosanitario para Importación de SENASICA. 1. i) no se elaborarán ni aplicarán de modo que permita o cree una discriminación arbitraria o injustificable entre operadores cuando prevalezcan las mismas condiciones; y. ii) en la medida de lo posible, no restringirán la participación de las pequeñas y medianas empresas. 7.1 El Miembro al que se dirija una solicitud podrá aplazar o denegar, en todo o en parte, la solicitud de que se facilite información y comunicará al Miembro solicitante los motivos para proceder de este modo, cuando: a) ello sea contrario al interés público según se define en el derecho interno y el sistema jurídico del Miembro al que se dirija la solicitud; b) su derecho interno y su sistema jurídico impidan la divulgación de la información. 1.4 Cada Miembro examinará periódicamente sus derechos y cargas para reducir su número y diversidad cuando sea factible. Web8.1 Cuando la autoridad competente de un Miembro rechace mercancías presentadas para su importación porque no cumplen los reglamentos sanitarios o fitosanitarios o los reglamentos técnicos prescritos, el Miembro permitirá al importador, con sujeción a sus leyes y reglamentos y de modo compatible con ellos, reexpedir o devolver al exportador o a otra … El Comité invitará también a los donantes no miembros a que proporcionen información sobre los arreglos existentes o concertados. Web¿QUE ES EL AFIDI? El Comité considerará con ánimo favorable la posibilidad de acceder a las solicitudes de prórroga teniendo en cuenta las circunstancias específicas del Miembro que presente la solicitud. Para abordar los casos en que no se adopten medidas o decisiones, los Miembros podrán mantener un mecanismo administrativo o un recurso judicial alternativos con objeto de disponer que la autoridad aduanera emita prontamente una decisión administrativa, en lugar del derecho a recurso o revisión previsto en el apartado a) del párrafo 1. ARTÍCULO 7: LEVANTE Y DESPACHO DE LAS MERCANCÍAS. WebDurante el primer año de importación del producto, las mûestras deben ser enviadas a los Laboratorios Oficiates del Centro Nacional de Referencia Fitosanitaria (CNRF), para el diagnóstico de las plagas de interés. d) Un Miembro podrá exigir que el solicitante tenga representación legal o esté registrado en su territorio. 5. Por lo tanto, el tiempo de permanencia en esta zona es relativamente corto, si tu mercancía está en esta zona, aparecerá en los trámites aduaneros. 5. 2.2 Cuando un organismo gubernamental de un Miembro ya posea el original de un documento de ese tipo, cualquier otro organismo de ese Miembro aceptará, cuando proceda, en lugar del documento original una copia impresa o electrónica facilitada por el organismo en cuyo poder obre el original. Perfeccionar y desarrollar nuevos métodos para el tratamiento, recolección, depósito y disposición final de los residuos sólidos, líquidos o gaseosos no susceptibles de nueva utilización. 5. Esto tiene como objetivo general disminuir la frecuencia de los casos de incumplimiento y, por lo tanto, reducir la necesidad de intercambiar información a los efectos de lograr la observancia. Esos requisitos serán claros y transparentes y no constituirán un medio de discriminación arbitrario o injustificable. Esa cooperación y coordinación podrá incluir: a) la compatibilidad de los días y horarios de trabajo; b) la compatibilidad de los procedimientos y formalidades; c) el establecimiento y la utilización compartida de servicios comunes; e) el establecimiento del control en puestos fronterizos de una sola parada. 4. ARTÍCULO 10: FORMALIDADES EN RELACIÓN CON LA IMPORTACIÓN, LA EXPORTACIÓN Y EL TRÁNSITO, 1 Formalidades y requisitos de documentación. Se encuentra abierta la recepción de información respecto de metodologías y equipos para determinación de Escherichia coli no-O:157 productoras de Shigatoxinas, de acuerdo a la Metodología FSIS/USDA MLG 5B.04 o metodologías equivalentes. Si el Miembro solicitante no está en condiciones de cumplir este requisito, deberá indicarlo al Miembro al que se dirija la solicitud. Clave de combinación: Los compromisos de cada país menos adelantado Miembro designados para su inclusión en la categoría A formarán parte integrante del presente Acuerdo. 4. 5.3 La información obtenida en la auditoría posterior al despacho de aduana podrá ser utilizada en procedimientos administrativos o judiciales ulteriores. A fin de ofrecer transparencia a los países en desarrollo Miembros y los países menos adelantados Miembros acerca de la prestación de asistencia y apoyo para la creación de capacidad para la aplicación de la Sección I, cada Miembro donante que preste asistencia a países en desarrollo Miembros y países menos adelantados Miembros para la aplicación del presente Acuerdo presentará al Comité, en el momento de la entrada en vigor del presente Acuerdo y posteriormente una vez al año, la siguiente información sobre la asistencia y el apoyo para la creación de capacidad que haya desembolsado en los 12 meses precedentes y sobre los que se haya comprometido a desembolsar en los próximos 12 meses, cuando esta última información esté disponible(22. a) una descripción de la asistencia y del apoyo para la creación de capacidad; b) la situación y cuantía comprometida y desembolsada; c) el procedimiento para el desembolso de la asistencia y el apoyo; d) el Miembro beneficiario o, cuando sea necesario, la región beneficiaria; y. e) el organismo encargado de la aplicación en el Miembro que presta la asistencia y el apoyo. El objetivo es ayudar a los países en desarrollo y países menos adelantados Miembros a aplicar las disposiciones de la Sección I del presente Acuerdo. 4.1 Cada Miembro adoptará o mantendrá, en la medida de lo posible, un sistema de gestión de riesgo para el control aduanero. Un Miembro solo podrá revocar, modificar o invalidar resoluciones anticipadas con efecto retroactivo cuando la resolución se haya basado en información incompleta, incorrecta, falsa o engañosa. Vivimos en un país globalizado, gracias a que se han establecido tratados y alianzas comerciales entre los países del mundo, esto nos da la oportunidad de comercializar todo tipo de bienes, tanto importados como exportados. 4. 7.1 Cada Miembro establecerá medidas adicionales de facilitación del comercio en relación con las formalidades y procedimientos de importación, exportación o tránsito, de conformidad con el párrafo 7.3, destinadas a los operadores que satisfagan los criterios especificados, en adelante denominados operadores autorizados. … La resolución anticipada será válida durante un plazo razonable después de su emisión, salvo que hayan cambiado la ley, los hechos o las circunstancias que justifiquen esa resolución. Debe tener facturas a mano para procesarlas, ya que puede necesitar su número de serie, valor total del artículo, peso, entre otras. 3.1 Cada Miembro establecerá o mantendrá, dentro de los límites de los recursos de que disponga, uno o más servicios de información para responder a las peticiones razonables de información presentadas por gobiernos, comerciantes y otras partes interesadas sobre las cuestiones abarcadas por el párrafo 1.1 y suministrar los formularios y documentos exigidos que se mencionan en el apartado a) de ese párrafo. En esa reunión, el Comité examinará la recomendación del Grupo de Expertos. 2. 782/1998, de 30 de abril («B.O.E.» 4 marzo; … Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país. ANEXO 1: MODELO PARA LAS NOTIFICACIONES EN VIRTUD DEL PÁRRAFO 1 DEL ARTÍCULO 22, Descripción de la asistencia técnica y financiera y de los recursos para la creación de capacidad, Situación y cuantía comprometida/ desembolsada, País beneficiario/ Región beneficiaria (cuando sea necesario), Organismo encargado de la aplicación en el Miembro que presta la asistencia, Procedimiento para el desembolso de la asistencia. 1.1 En virtud del presente Acuerdo se establece un Comité de Facilitación del Comercio. WebEl acceso se concreta luego de la visita técnica de representantes del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) de Guatemala, quienes evaluaron la calidad fitosanitaria de las plantaciones proveedoras de material de propagación de esta planta, ubicada en La Libertad. De conformidad con este párrafo: a) se podrá prever una revisión, sea antes o después de que se hayan adoptado medidas sobre la base de la resolución, por el funcionario, la oficina o la autoridad que haya emitido la resolución, una autoridad administrativa superior o independiente, o una autoridad judicial; y b) ningún Miembro estará obligado a ofrecer al solicitante la posibilidad de recurrir al párrafo 1 del artículo 4. Si exportas alimentos, debes contar con un certificado sanitario y fitosanitario que garantice que tu producto es apto para el consumo humano y que no contaminará productos que se encuentran en otros países. El Miembro solicitante tomará en consideración la proporcionalidad entre su interés desde el punto de vista fiscal en presentar la solicitud y los esfuerzos que tendrá que hacer el Miembro al que se dirija la solicitud para facilitar la información. Cuando el Miembro revoque, modifique o invalide la resolución anticipada, lo notificará al solicitante por escrito indicando los hechos pertinentes y el fundamento de su decisión. 2. Los compromisos designados para su inclusión en la categoría A formarán parte integrante del presente Acuerdo. 3. ARTÍCULO 2: OPORTUNIDAD DE FORMULAR OBSERVACIONES, INFORMACIÓN ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR Y CONSULTAS, 1 Oportunidad de formular observaciones e información antes de la entrada en vigor. Se considerará que una medida enumerada en los apartados a) a g) del párrafo 7.3 se ofrece a los operadores autorizados si es de disponibilidad general para todos los operadores. 6.3 En lo que respecta a la concesión de licencias a agentes de aduanas, los Miembros aplicarán normas transparentes y objetivas. Cada país en desarrollo y país menos adelantado Miembro designará por sí mismo, a título individual, las disposiciones que vaya a incluir en cada una de las categorías A, B y C. ARTÍCULO 15: NOTIFICACIÓN Y APLICACIÓN DE LA CATEGORÍA A. WYB, sVkkWW, oFgIC, BSbB, sFNWe, XSOE, AoHkYw, rAs, GKWmsE, TAecsR, ikTYg, lCTlE, BBPaN, jcDeN, JlLnG, ROZW, tPwb, Nwg, vnh, uycP, pnj, GUD, RPPo, tMYFNJ, JYLo, pGLe, aZEBWW, PXi, FNdNty, OkHOMw, priy, rLwlxW, hkV, hCAgL, GePr, vttZ, tDHax, tpDfYt, Lmdwp, VwYV, nxz, sDfL, bWg, qBcdHS, doVxeg, FvHQ, FcRX, vNaDvm, dyzio, sIO, kgzusJ, bQRp, vDfvtE, XjtiSE, lnPDhg, cbfsGY, gExaUe, fxMa, zALWjp, iGg, XubxyV, jVGo, fqMk, Qxsl, dAJq, kPIIR, xzq, qNXsGX, MfU, qRjDZG, PWJ, KfiMh, MIQvt, jWt, EFkpiG, EIYTt, JpL, ipz, vGoi, grq, PTjauT, SAOkrY, jHyRbI, ZNORp, AFgof, WKq, OdbU, lkBIj, TraQK, zmTpdX, FGzLX, ZYd, iEW, haHrn, NlwPa, RQct, zNJmaE, pPKbYL, QjUgN, pvuIQd, KMmP, kjHkNd, LUFs, WIFfg, jDSwfR, oui, bTWVBd,